Ana Chayle, Daniela Fernández, Juan Figueroa,
Mariana Katz, Sergio Martínez y Shaira Morra[1]

 

El ascenso de la maquinaria y el personal necesario para iniciar los trabajos de exploración avanzada en el yacimiento Agua Rica volvió tangible e inminente el peligro contra el cual, desde hace más de una década, vecinas y vecinos de Andalgalá, en el noroeste de la provincia de Catamarca, vienen manifestándose. Las vías del reclamo transitadas durante estos años –caminatas semanales ininterrumpidas, talleres y campañas de información y difusión, bloqueos selectivos, acampes informativos, presentaciones judiciales, entre otras- no encontraron la respuesta esperada. En cambio, la mayoría de las veces, ésta fue  la violencia que, como desarrollaremos en este artículo, ha adoptado distintas caras: la indiferencia, la prepotencia, la corrupción de los Gobiernos, la criminalización de la protesta y la represión armada.

 

Ubicación e impactos ambientales del yacimiento Agua Rica

Fundada hace 362 años, en julio de 1.658, la ciudad de Andalgalá está ubicada en el valle sur de las Sierras de Aconquija y cuenta en la actualidad con unos 20.000 habitantes, de los cuales, la tercera parte son niñas, niños y adolescentes. Ubicado a escasos 17 kilómetros de la plaza principal de esta ciudad, se encuentra el yacimiento Agua Rica, justo en la cuenca alta del río Andalgalá, que sustenta la vida en la zona. Ese río, que da nombre al pueblo, pertenece a la subcuenca del Salar de Pipanaco y se forma con los afluentes de los ríos Minas, Blanco y Candado, nacidos en el cordón montañoso del Aconquija. Este cordón montañoso se encuentra cubierto de glaciares, quedando el yacimiento en cuestión en el ambiente periglaciar.

La existencia de glaciares y de ambiente periglacial en la zona del proyecto minero ha sido acreditada por el Centro de Estudios Humanos y Ambiente (CEDHA) que estableció la existencia de al menos 200 glaciares de roca y ambiente periglaciar, y por el informe emanado del Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR). En iguales términos se expresa el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) que da cuenta de la existencia de glaciares a menos de 700 metros del campamento minero y, a su vez, que el área de explotación se asienta en ambiente periglaciar. Esta situación también fue confirmada por el Secretario de Ambiente municipal y por el concejal veedor designado en la inspección ocular realizada en noviembre del 2018, en el marco de una de las causas judiciales que las vecinas y vecinos llevan adelante (Exp. 210/2016, Fiscalía 2da. Circunscripción de Andalgalá). Los diversos informes dan cuenta del impacto irreversible en el ambiente y de la inviabilidad del proyecto.

Dada la importancia de los glaciares, éstos han sido definidos como “bien público” por la Ley Nacional 26.639 -sancionada en 2010-, con el objeto de protegerlos, al considerarlos, en su artículo 1° como “reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura” y como fuente de “agua para la recarga de cuencas hidrográficas, para la protección de la biodiversidad”. Pese a esto, las empresas multinacionales, en connivencia con el Estado argentino –dado que es el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable el órgano responsable de dar cumplimiento a la ley-, violan sistemáticamente esta normativa, que no ha logrado aún su aplicación.

Respecto del ecosistema existente en el sitio del yacimiento minero, Catamarca cuenta con una ley especial de Protección Ambiental de Bosques Nativos (Ley 5.311) que, además de enunciar la regulación hídrica y mantenimiento de condiciones ambientales de los ecosistemas en las cabeceras de cuencas como uno de esos servicios ambientales a proteger y garantizar, establece la obligación de realizar mediante un proceso participativo el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) en base a los diez Criterios de Sustentabilidad Ambiental (CSA) definidos por el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), en función del valor ambiental y territorial de cada ecosistema y de los servicios ambientales que ellos brindan. En este sentido, la provincia adoptó prioritariamente los criterios “C9- Potencial de conservación de cuencas” y “C3- Vinculación con áreas protegidas existentes e integración regional”. Sin embargo, este criterio no fue reflejado por la autoridad de aplicación en el mapeo del OTBN puesto que protege el cauce del río Andalgalá y sólo dos de sus afluentes (los ríos Candado y Blanco), pero deja desprotegido, arbitrariamente, el río Minas, justo donde se encuentra el yacimiento minero. Esto implica una grave violación a la ley por parte del Estado provincial y deja en evidencia, una vez más, la connivencia del Estado con las empresas megamineras.

Mención aparte merece la existencia de dos especies endémicas de ranas que viven en el ecosistema amenazado y que cuentan con alto nivel de protección por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN por sus siglas en inglés)[2]. Por otro lado, Aldo Banchig, doctor en Ciencias Geológicas e investigador, estudió la región donde se encuentra el yacimiento en cuestión y determinó que “la sismicidad de la región es moderada a alta, con ocurrencia de eventos importantes (sismos de magnitud entre 5° a 6°), con recurrencia moderada en el período de un año”. Y agrega que “la geología de la zona presenta importantes lineamientos estructurales, uno de los cuales manifiesta actividad moderada y está asociado a depósitos de remoción en masa del suelo muy importantes”, concluyendo que “las condiciones anteriores conforman el escenario adecuado para que cualquier combinación de los factores mencionados produzca eventos de magnitudes catastróficas en el sector urbano ubicado en la desembocadura del Río Andalgalá” (Banchig,  2002).

 

Una historia de resistencia

Antes de ser colonizada por los españoles, la región era habitada por comunidades diaguitas que resistieron la avanzada española, contra la opresión, el abuso de poder y el saqueo. Hoy, casi cuatro siglos después, quienes habitan el mismo territorio, continúan resistiendo, esta vez, a la imposición del modelo extractivista de la megaminería. Así, cuando las y los habitantes del departamento tomaron conocimiento, a comienzos del año 2009, de la autorización para explotar este yacimiento, el rechazo no tardó en expresarse. Sumado a ello, se filtró una autorización de exploración y explotación a la empresa BHP Billinton Argentina de una zona denominada “Pilciao 16”, ubicada en la propia ciudad de Andalgalá.

Estas novedades, sumadas a los hechos de contaminación producto de la explotación del yacimiento Bajo La Alumbrera, los reclamos no resueltos de la comunidad y la indignante situación descrita antes, empujó a los vecinos y vecinas a organizarse para enfrentar tamaña afrenta. Es así que, el 14 de diciembre de 2009, deciden interrumpir, con un bloqueo selectivo y pacífico, el suministro a la empresa minera Yamana Gold, sobre el camino comunero a El Potrero, que lleva al yacimiento minero Agua Rica. Ese día nació la Asamblea El Algarrobo.

En este contexto también surgen las “caminatas por la vida” (que se realizan semanalmente, de manera ininterrumpida, y que ronda ya las 600) en favor del agua y el territorio y contra la megaminería, dando lugar a una serie de acciones concretas de resistencia. La Asamblea El Algarrobo, junto a “Vecinos Autoconvocados por la Vida”, luego también a “Mujeres del silencio” y “Asamblea Aguas Claras”, lograron conformar un espacio amplio y diverso de construcción política y frente persistente de resistencia en defensa del territorio contra la imposición violenta de la megaminería.

Como forma de resistencia, acompañando otras acciones en el territorio, vecinas, vecinos e integrantes de la Asamblea El Algarrobo iniciaron un amparo ambiental demandando a los Estados Provincial y Municipal y a la empresa megaminera Yamana Gold en el año 2010 (Exp.07/2010[3]). Dicho reclamo llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que en 2016, indicó que se dicte un nuevo fallo[4], ajustado a los derechos ambientales que nos asisten. Así, reconoció el derecho a vivir en un ambiente sano, derecho que poseen los habitantes andalgalenses, además de determinar que los estudios de impacto ambiental se deben realizar con participación ciudadana y bases científicas, y también disponer que tiene absoluta prioridad la prevención del daño futuro. Actualmente la mencionada acción judicial se encuentra en trámite ante la Cámara 2da. de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minas de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca.

Al volver el reclamo al Juzgado de la ciudad de Andalgalá, la empresa minera demandada solicitó al juez interviniente que declare abstracta dicha acción por considerar que se habían modificado las circunstancias fácticas del reclamo. En este punto, informaron que el mencionado proyecto sería explotado de forma integrada con el yacimiento minero Bajo La Alumbrera, de la empresa Minera “La Alumbrera”, que fue creada bajo la figura societaria de una unión transitoria de empresas -UTE- y se halla conformada por la empresa Minera Alumbrera Limited, cuyas accionistas son las transnacionales “Goldcorp”, “Yamana Gold”, “Glencore”, con la empresa interestatal Yacimiento de Agua de Dionisio (YMAD), que está integrada por la  Universidad Nacional de Tucumán, el Estado de la Provincia de Catamarca y el Estado Nacional, empresa que fue creada por la ley 14.771. Sin embargo, la Universidad Nacional de Tucumán, el 5 de noviembre de 2019, en el pleno del Consejo Superior, dictó la Resolución 2372/2019, rechazando la integración de los yacimientos Agua Rica y Bajo La Alumbrera.

En lo que corresponde al derecho a participar en la toma de decisión de los asuntos públicos ambientales, cabe destacar que el Gobierno de la Provincia de Catamarca, no respetó ni respeta los estándares internacionales en materia de participación ciudadana. Tal es así que para llevar adelante esta “nueva etapa” del emprendimiento Agua Rica – Alumbrera, convocó a una “consulta” de la etapa de exploración avanzada del mencionado yacimiento, entre el  26 y el 30 de mayo del 2020 (Boletín oficial Nro. 41, Resolución 09/2020). Dicha “consulta” consistió en la toma de vista (acceder a la lectura) de 8 cuerpos (tomos de 200 páginas cada uno, es decir unas 2700 páginas en total) en la oficina designada al efecto. Posteriormente, se entregaba un formulario a fin de que los consultantes planteen las dudas sobre la etapa puesta a “consulta”. Esta pseudo consulta se dio en el marco de la pandemia del coronavirus, por lo que el Gobierno provincial dispuso que dada la situación epidemiológica no se podía estar más de 15 minutos en las oficinas, a los fines de garantizar el distanciamiento y que el expediente sea de acceso masivo. Eso sí, no entregaban copia del mismo, a pesar de que los vecinos realizaron dos presentaciones al respecto. La copia del expediente que se puso a consulta fue entregada tres meses y medio después de haber sido presentada las notas referenciadas. No obstante ello, alrededor de 100 vecinos en el mes de enero del 2020 habían presentado una solicitud de acceso a la información pública ante el Ministerio de Minería de la Provincia de Catamarca, mediante el que se le solicitó el nuevo informe de impacto ambiental presentado por la empresa Agua Rica. Dicha presentación no ha tenido ninguna respuesta por parte de las autoridades del Ministerio mencionado.

El día 5 de marzo de 2021, la Brigada de Control Ambiental del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, como consecuencia de un pedido de información realizado por el Fiscal Federal, Dr. Guillermo Marijuan[5] -quien se encuentra investigando en una de las causas judiciales iniciadas por los andalgalenses, delitos cometidos por funcionarios públicos por violar las leyes ambientales y particularmente la Ley 26.639- realizó una inspección al yacimiento Minero Agua Rica a los fines de constatar lo expuesto en los informes del SEGEMAR y el IANIGLA, en cuanto a la existencia de glaciares y ambiente periglaciar en la zona del mencionado yacimiento. Tal como se afirma en el informe oficial producido tras la inspección, se observó una geoforma que “corresponde a un glaciar de escombros inactivo”.

Como consecuencia de ello, Marijuán ordenó que el IANIGLA conjuntamente con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, realicen una nueva inspección al yacimiento a los fines de determinar la zona glaciar y la extensión de la zona periglaciar en el yacimiento en cuestión. Dicha disposición judicial no fue cuestionada por ninguna de las partes intervinientes en el proceso judicial, hasta el 14 de mayo del 2021. En esa fecha, y sin ser parte de la causa, se presentó el Fiscal de Estado de la Provincia de Catamarca, y solicitó que no se realizara dicha inspección, fundamentando que el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación no es el organismo competente para realizar tal tarea, si no que lo era el organismo que la Provincia de Catamarca determine. En este sentido y siendo que lo que se pretende inspeccionar es un yacimiento minero, quien debía realizar dicha inspección es el Ministerio de Minería de la Provincia. Pero además de ello, sostuvo que en el emprendimiento Agua Rica no se aplicaba la prohibición de realizar actividades mineras, según dispone en la ley de glaciares y ambiente periglaciar, dado que es un yacimiento minero en el que se realizan trabajos anteriores a la sanción de la ley mencionada. Esta causa en la actualidad se encuentra pendiente de resolución ante la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Claramente, se puede observar una “contradicción” entre lo que expone la empresa minera -en el proceso judicial del amparo, afirma que el emprendimiento MARA es nuevo-, y lo que manifiesta la provincia de Catamarca -al referenciar que Agua Rica es anterior a la sanción de la ley de glaciares y como tal es un emprendimiento viejo, según señala en la causa penal en donde se investiga, justamente, el incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos por violar leyes ambientales-.

Es complejo narrar la experiencia de la resistencia en comunidades relativamente pequeñas, donde la llegada de una mega empresa ha afectado el tejido social y en complicidad con el poder político y económico, ha instalado un ambiente de violencia constante. Sin embargo, es posible y relevante expresar que estas organizaciones, generan diversas manifestaciones y reclamos pacíficos ante el avasallamiento de nuestros derechos, llevando a cabo acciones para visibilizar la injusticia que padecemos, realizando bloqueos selectivos e informativos, algunos en cooperación con otras Asambleas del país, y en diferentes puntos de nuestra provincia. La generación de carpas informativas, la gestión de charlas y conferencia a cargo de especialistas en materia ambiental, legal, etc., la convocatoria a debates públicos, la creación de espacios alternativos de divulgación como las radios abiertas y la creación de la radio comunitaria El Algarrobo, la proyección pública de videos y documentales informativos, la promoción de la autoformación en cuestiones técnicas y científicas, la gestión en el acceso y divulgación de informes y expedientes públicos y, sobre todo, la vigilancia y tutela constante de las leyes y derechos humanos que nos amparan, como así también el compromiso en la denuncia pública y judicial del incumplimiento y violación sistemática de normativas por parte de las megaempresas y el Estado, son algunas de las acciones llevadas a cabo en más de dos décadas de resistencia.

 

 

Resistir hoy en tiempos de M.A.R.A.

Ante el avasallamiento de derechos fundamentales y la falta de respuestas de las autoridades judiciales y políticas, las vecinas y vecinos decidieron iniciar, el 22 de marzo último, Día Mundial del Agua, un bloqueo selectivo en los dos caminos que conducen al yacimiento Agua Rica, para exigir así la paralización de las actividades de exploración avanzada y expresar el rechazo al proyecto. Estos bloqueos –durante los cuales se entregaban panfletos informativos y se impedía el traslado de empleados e insumos al yacimiento- derivaron en acampes permanentes a la vera de ambos caminos y en la presentación de un habeas corpus colectivo, que no obtuvo respuesta[6].

En este contexto, el 6 de abril, la Fundación Eco Conciencia[7] y la empresa minera Yamana Gold, organizaron una conferencia virtual a la que denominaron “5ta mesa de diálogo”[8], en la cual el representante de la empresa megaminera cuestionó públicamente la ley de glaciares y afirmó que no hay glaciares en la zona, desmintiendo así las investigaciones científicas, los relevamientos y a los organismos oficiales.

Por otro lado, en esos días, la Asamblea El Algarrobo tomó conocimiento de que la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minas había dispuesto que “corresponde declarar la Inconstitucionalidad de la Ordenanza Municipal 029/2016 de la Ciudad de Andalgalá, que prohíbe la actividad metalífera a cielo abierto y la modalidad minera de minerales nucleares, uranio y torio, bajo cualquiera de sus formas, en las modalidades a cielo abierto o por galería en todas sus etapas, en toda la exención de la alta cuenca hídrica del río del mismo nombre, autorizando en consecuencia y puntualmente, los trabajos aprobados por la Declaración de Impacto Ambiental N°  310/2020”. De esta manera, la Justicia intentó allanar el camino para que la empresa comenzara con las tareas de perforación y trazado de nueva huella minera.

Como consecuencia, el día 7 de abril, un grupo de vecinos decidió subir por una cuesta que conecta los departamentos Andalgalá y Santa María, hasta el empalme que conduce al yacimiento Agua Rica. Allí pudieron registrar documentalmente el ascenso de la maquinaria, custodiada por Gendarmería Nacional, para iniciar con la actividad que, insistimos, viola muchas leyes y particularmente las ambientales. Al día siguiente, la comunidad en general pudo ver las imágenes registradas y enterarse de la novedad. El descontento fue generalizado y el repudio comenzó a expresarse en las redes sociales, las banderas y los carteles que vecinas y vecinos colgaron en sus casas y en las conversaciones espontáneas. Esa misma tarde y la siguiente, un grupo de mujeres convocaron a sentadas pacíficas frente a un galpón de la empresa, ubicado en el centro de la ciudad. Esta manifestación estuvo fuertemente custodiada por la fuerza policial.

En ese contexto de tensión, la policía de la provincia envió un contingente de 60 efectivos, aduciendo el aumento de casos de Covid-19 en el departamento que, sospechosamente, se habría disparado por entonces. Durante las horas siguientes, la presencia de las fuerzas policiales fue notoria, llegando incluso, a denunciarse públicamente acciones abusivas de su parte.

Por eso, y teniendo en cuenta la escalada de tensión, resulta tan llamativa la ausencia de efectivos policiales el sábado 10 de abril, en el marco de la Caminata por la Vida N° 583. Debido al repudio generalizado por el ascenso de las máquinas, ese día la manifestación fue multitudinaria. Alrededor de 4.000 personas se volcaron a las calles para participar de una caminata que, en once años, siempre fue pacífica. Sin embargo, ese día, al transitar frente al galpón de la empresa, se inició curiosamente un incendio, que aún se investiga. Además de la notoria liberación de la zona, llama la atención la inacción de los Bomberos Voluntarios, que tienen su sede a solo dos cuadras del lugar y tardaron dos horas para intervenir en el hecho.

 

La criminalización de la protesta

Los últimos acontecimientos narrados se cobraron la libertad de 12 vecinas y vecinos, durante dos semanas, pese a que no tienen antecedentes, ni existe peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación. Tampoco los allanamientos, injustificadamente violentos, arrojaron pruebas que los involucren en los incendios. Por curioso que parezca en estos tiempos que se dicen democráticos, la Policía secuestró carteles con leyendas en defensa del agua y en contra de la megaminería.

Estas detenciones se suman a la larga lista de acciones que los poderes políticos y económicos vienen desplegando desde hace años para desarticular la resistencia y amedrentar a las y los vecinos. Tal es así que, a medida que las organizaciones socioambientales fueron fortaleciendo sus acciones legítimas de resistencia, el Estado provincial y las empresas megamineras como La Alumbrera y Yamana Gold, han respondido con el uso de la violencia, en sus diferentes formas, ya sea mediante el uso de la violencia física y la intimidación psicológica por parte de las fuerzas policiales y el empleo de “patotas”, o la a estigmatización y difamación mediática de miembros de las asambleas, o la criminalización de la protesta (56 vecinas y vecinos han sido judicializados, algunos con varias causas), el hostigamiento laboral (en ámbitos privados y públicos), allanamientos, detenciones arbitrarias y demandas penales falsas contra las vecinas y los vecinos organizados y críticos a la megaminería. Ejemplos de esta violencia sistemática y explícita han sido los actos represivos de los años 2006, 2010 (hechos llevados a cabo por la Policía de la provincia de Catamarca), 2012 (además de la Policía provincial, patotas y grupos de choque vinculados a las empresas megamineras, golpearon y amenazaron a vecinos, llevando adelante además un cuasi estado de sitio en la ciudad) y los más recientes del 2021.

De hecho, 52 personas realizaron denuncias por estos eventos, contra diferentes funcionarios públicos y personas vinculadas a los grupos de choque, pero estas presentaciones quedaron en la nada, debido a la inacción del Poder Judicial de la 2da Circunscripción de Andalgalá. Esto contrasta con la celeridad con que la misma Justicia avanza en las causas iniciadas contra integrantes de las asambleas. Como resultado, vecinas y vecinos resultaron dañados en su integridad física y psicológica. Sin embargo, pese a todos estos intentos por obtener la licencia social para el extractivismo, a cualquier costo, la continuidad de las caminatas y demás acciones reflejan la autodeterminación de un pueblo a elegir de qué manera quiere vivir.

 

Conclusión

Resistir a la imposición de un modelo económico que, mediante la fuerza o el engaño, intentan imponer las empresas megamineras, en alianza con el Estado, aun cuando atenta contra la salud, la vida y el ambiente y viola sistemáticamente las leyes vigentes. Persistir en el tiempo y pese a la violencia, la persecución y el hostigamiento ejercidos desde el poder económico y político, y pese a la lentitud con que actúa la Justicia, contrastando con la urgencia de la demanda.

Resistir sabiendo que Andalgalá es un pueblo que ya despertó y que la lucha es un camino hacia adelante, que el nivel de conciencia alcanzado no permitirá marchar hacia atrás. Persistir en la memoria, pero también en la conciencia de las nuevas generaciones, que levantan ya la bandera en defensa del agua. Resistir y persistir. Esos parecen ser los dos caminos posibles y obligados para enfrentar la amenaza, siempre inminente, de la megaminería, para vecinas y vecinos que saben que rendirse no es una opción.

 


Referencias

[1] Ana Chayle, Daniela Fernández, Juan Figueroa, Sergio Martínez y Shaira Morra son integrantes de la Asamblea El Algarrobo y, respectivamente, licenciada en comunicación social, licenciada en arqueología y docente en la Universidad Nacional de Catamarca, abogado, técnico en gestión ambiental y abogada. Mariana Katz es integrante del Servicio de Paz y Justicia (SERPAJ), organismo que viene acompañando el reclamo del Pueblo de Andalgalá desde el 2006 y abogada de la Asamblea El Algarrobo.

[2] Ver https://www.iucnredlist.org/species/57330/11622352

[3] Además de este expediente, el Concejo Deliberante de la ciudad de Andalgalá sancionó la Ordenanza Municipal 029/2016, mediante la prohíbe la actividad minera en la cuenca del río Andalgalá. Ésta fue cuestionada judicialmente por el Gobierno Provincial y la Empresa Minera ante la Corte de Justicia de Catamarca (Exp. 133/2016 y Exp. 143/2016 respectivamente). En ambos los integrantes de la Asamblea El Algarrobo están presentados como 3ros Interesados.

[4] El fallo completo puede leerse en la página oficial del Centro de Información Judicial, en el siguiente link: https://www.cij.gov.ar/

[5] El expediente tramita ante Juzgado Criminal y Correccional Federal Nro. 1 con intervención de la Fiscalía Federal Nro.9, Exp. Nro. 7997/2019 “De Miguel y Otros s/Averiguación de Delito ”.

[6] La acción judicial intentada tuvo como finalidad que la autoridad judicial correspondiente constatare la existencia de amenazas a la libertad ambulatoria y se solicitó que se apliquen las disposiciones de la ley 27.566 que aprobó el Acuerdo de Escazú en cuanto a la protección de las y los defensores ambientales.

[7] La Fundación se instaló hace aproximadamente dos años y, desde entonces, pregona que Andalgalá debe recuperar la paz y que su función es acercar a las partes y promover la mediación. Por un pedido de acceso a la información pública realizada por integrantes de la Asamblea, desde el Ministerio de Minería de la Nación desconocieron a dicha fundación como mediadora.

[8] Puede verse esta “puesta en escena” en https://www.youtube.com/watch?v=LIIMuD5QZMU